
¿Quién paga el seguro de hogar en un piso de alquiler?
Acordar quién paga el seguro de hogar en un piso de alquiler suele ser uno de los puntos más conflictivos en la negociación de las cláusulas de un contrato de alquiler. Por eso, en este post queremos aclarar ciertas cuestiones y exponer las obligaciones y responsabilidades, tanto del propietario como del inquilino.
¿Es obligatorio tener seguro de hogar en alquiler?
En primer lugar, debemos recordar que la Ley de Arrendamientos Urbanos (Ley 29/1994) establece que el propietario tiene la obligación de realizar las reparaciones necesarias para mantener el edificio en condiciones de habitabilidad. Por tanto, de este artículo podríamos deducir que, si bien es cierto que el propietario no está obligado a contratar un seguro de hogar (a no ser que la vivienda esté hipotecada), es altamente recomendable.
Además de proteger aquellos aspectos que hacen referencia a la vivienda en sí, también deberíamos pensar en el contenido que se encuentra en ella y tener en cuenta la responsabilidad civil de propietario e inquilino. Aquí es dónde podemos encontrar ciertas disyuntivas.
Los seguros de hogar, independientemente de sus diferentes coberturas, pueden cubrir la responsabilidad civil, el continente y el contenido. Por eso, antes de determinar quién paga el seguro de hogar en un piso de alquiler, debemos tener claros estos conceptos y la protección que pueden ofrecernos los seguros de hogar.
Diferencias entre continente y contenido
El propietario debe hacerse cargo de mantener protegido el edificio y, por tanto, es el responsable de contratar un seguro de hogar que cubra el continente, es decir, los elementos constructivos y estructurales, tales como paredes, techos, suelos, calefacción, agua, electricidad…
En referencia al continente, está claro que el inquilino se encuentra exento de contratar la póliza, ya que es el propietario el máximo interesado en este tipo de protección. Sin embargo, asegurar el contenido del interior de la vivienda puede ser responsabilidad de ambas partes.
En el caso de alquilar una vivienda amueblada, sea en parte o en su totalidad, es recomendable que el propietario también cuente con un seguro de hogar que cubra este contenido. Por su parte, el inquilino deberá asegurar el contenido de su propiedad que se encuentre en la vivienda. En este sentido, es importante tener en cuenta que se puede proteger cualquier tipo de propiedad, sean aparatos electrónicos, muebles, joyas, ropa, libros…
¿De quién depende el seguro de Responsabilidad Civil?
En cuanto a la Responsabilidad Civil de una casa o piso de alquiler, debemos diferenciar entre la responsabilidad civil de la propia vivienda y la responsabilidad civil del inquilino.
El propietario debe tener contratado un seguro de responsabilidad civil por los daños que pudiera ocasionar la vivienda a terceros, sin que haya sido consecuencia de ninguna acción realizada por la persona que reside en el domicilio. Este tipo de pólizas protegen a los propietarios de los gastos provocados, por ejemplo, en caso de cortocircuito o de rotura de tuberías.
Por otro lado, el inquilino también debería contratar un seguro de Responsabilidad Civil. En su caso, este tipo de pólizas le ofrecen la protección necesaria ante daños que pueda provocar a terceros como consecuencia de una acción accidental.
Es muy importante saber que, aunque los daños accidentales estén cubiertos por el seguro de hogar contratado por el propietario, esta póliza no cubrirá accidentes provocados por el inquilino, ya que el seguro sólo cubre al tomador. Por tanto, por ejemplo, en caso de que el arrendado se deje el fuego o la calefacción encendida y cause un incendio, toda la responsabilidad y los gastos derivados, de no contar con un seguro de responsabilidad civil, irán a cargo del inquilino. Por todo ello, es más que recomendable contar con este tipo de pólizas.
Contratar un seguro de hogar para un piso de alquiler
Después de leer este artículo, no debería quedar duda. Tanto propietario, como inquilino, deben contar con un seguro de hogar que los proteja de los daños causados en sus propias pertenencias y en los demás.
En el mercado encontrarás multitud de coberturas y servicios extras que pueden serte de mucha utilidad y ahorrarte muchas preocupaciones. De todas formas, cada caso es único. Por eso, deberías valorar las diferentes opciones con un agente que pueda asesorarte y orientarte en la búsqueda del seguro de hogar que mejor se adapte a tus necesidades.
Recuerda que en iSeguros estamos a tu entera disposición las 24 horas del día y los 365 días del año porque sabemos que, ante una emergencia, es importante contar con el apoyo necesario.
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