
El seguro de coche cubre los accidentes en Estado de Alarma
En estos últimos días son muchos los rumores y las fake news que circulan por las redes sociales y los chats de mensajería instantánea entorno al Covid-19 o a las medidas que se han emprendido. El último bulo que ha llegado a nuestras pantallas tiene mucho que ver con nuestro trabajo y es por ello que hemos creído importante desmentir y aclarar ciertas cuestiones.
En las últimas horas, se han extendido mensajes similares al siguiente: “Recordad que en Estado de Alarma las aseguradoras no se hacen responsables de asistir y cubrir los accidentes de tráfico amparados por la póliza, salvo que se demuestre que el motivo del desplazamiento estaba autorizado según RD 463/2020”.
Es importante recalcar que este mensaje que se ha hecho viral, incluyendo cualquier otro de similar, es completamente falso.
Desde la UNESPA (Unión Española de Entidades Aseguradoras), esta mañana ya se ha desmentido tal afirmación y se ha confirmado que el seguro de coche “mantendrá sus protecciones con total normalidad a pesar de que el Gobierno haya decretado el Estado de Alarma”. Con el siguiente Tuit, la UNESPA ha querido difundir su disconformidad con la falsa noticia:
Como decimos, si bien es cierto que el Real Decreto aprobado este fin de semana restringe la circulación por las vías de uso público, las compañías aseguradoras en ningún caso podrían alegar uso indebido del vehículo y evitar el pago de los daños.
Casos en los que se permite la circulación
Es importante tener en cuenta que el Real Decreto por el que se declara el estado de alarma frente al Covid-19, permite la circulación por las vías de uso público para la realización de las siguientes actividades:
- Adquisición de alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad.
- Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.
- Desplazamiento al lugar de trabajo para efectuar su prestación laboral, profesional o empresarial.
- Retorno al lugar de residencia habitual.
- Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con incapacidad o personas especialmente vulnerables.
- Desplazamientos a entidades financieras y de seguros.
- Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
- Cualquier otra actividad de análoga naturaleza que habrá de hacerse individualmente, salvo que se acompañe a personas con discapacidad o por otra causa justificada.
Por ello, tanto si el desplazamiento es justificado por alguno de los anteriores motivos como si no lo es, el seguro de coche cubrirá todos los accidentes en Estado de Alarma. Los conductores no tienen que temer por sus aseguradoras. Sin embargo, es importante recordar que incumplir el Estado de Alarma puede ser castigado con sanciones de hasta 30.000 euros y un año de prisión.
¿Están permitidos los desplazamientos a entidades de seguros?
Tal y como establece el primer punto del Real Decreto, los desplazamientos a entidades financieras o de seguros están permitidas. Durante estos días, los agentes de seguros no solo somos los intermediarios entre cliente y aseguradora, sino que también intentamos seguir trabajando con normalidad para poder asegurar la tranquilidad y comodidad de todos nuestros clientes.
Siguiendo las recomendaciones de Sanidad, te aconsejamos que durante estos días, y en la medida que sea posible, te quedes en casa y ayudes a frenar la curva. Recuerda que puedes contactar con nosotros llamando al 972 20 00 09 o 600 928 111 o enviando un correo electrónico a seguros@isegurosonline.com
¡Seguimos a tu disposición!