que hacer si un seguro no se hace cargo de un siniestro

¿Qué hacer si mi seguro no se hace cargo de un siniestro en el hogar?

La contratación de una póliza de hogar permite proteger una vivienda de muchas maneras distintas, ya sea la de un propietario o inquilino. Dicha protección puede variar dependiendo de las coberturas que cada asegurado decida incluir en su póliza, por lo tanto, se podrá decidir que la casa está asegurada con el mínimo o con el máximo. En este post hablaremos detalladamente sobre qué hacer si mi seguro no se hace cargo de un siniestro en el seguro de hogar.

¿Cómo hacer una reclamación de daños?

Si bien es cierto que asegurar un hogar con el mínimo de coberturas en un primer momento podría suponer menos carga económica, a la larga, suele hacer el efecto contrario, pues con el paso de los años y con el uso y disfrute del inmueble, pueden ocurrir siniestros que supongan una gran carga económica y que, debido a la contratación de coberturas mínimas, no recaigan sobre la compañía. Por ello, es imprescindible asegurarse de que se contratan las coberturas que a la larga beneficiará al asegurado en cuanto se encuentre con dificultades.

Es importante tener en cuenta que para poder abrir un siniestro correctamente, se tiene que llevar a cabo todos los pasos previos en tiempo y forma estipulados, pues todas las compañías de seguros tienen un protocolo establecido.

  1. El primer paso a seguir es tomar fotografías de la situación. Esto permitirá presentar ante la compañía en un momento previo a la apertura del siniestro para mostrar el estado del daño y, además, también servirá como prueba para una posible reclamación futura.
  2. Si se trata de un asunto urgente que requiere de la intervención de un profesional externo a la compañía, es imprescindible que se guarden todas las facturas y documentos expedidos por el profesional para presentarlas ante la compañía en un momento posterior y solicitar así el reembolso pertinente, igual que también es importante guardar las piezas sustituidas o rotas para que el perito pueda verlo.
  3. En caso de robo, vandalismo y/o análogos, se deberá interponer denuncia ante las autoridades municipales para que quede constancia de los hechos en un atestado policial. Una vez se disponga de toda la documentación previa, se puede remitir a la compañía para iniciar los trámites de resolución del siniestro.

Es muy importante que antes de suscribir cualquier tipo de póliza, el interesado lea atentamente todas y cada una de las coberturas incluidas en la misma, porque en el momento de la ocurrencia de un siniestro, éste no pudiese quedar cubierto por falta de contratación de la cobertura.
Ahora bien, ¿qué hacer si mi seguro no se hace cargo de un siniestro?

¿Qué hacer si el seguro de hogar no se hace cargo del siniestro?

Para los casos en que un asegurado acude a su aseguradora para que le atienda un siniestro, pero ésta se lo niega aun y probando la pertinencia del asunto, el asegurado tiene la opción de interponer una queja y/o reclamación.
En primer lugar, deberá presentar una reclamación ante el Defensor del Asegurado, que es el servicio de atención al cliente del que deben disponer todas las empresas aseguradoras, en base a la Orden ECO/734/2004M, de 11 de marzo, sobre los departamentos y servicios de atención al cliente y defensor del cliente de las entidades financieras.
El objetivo es que el interesado presente una queja ante dicho departamento exponiendo la situación y aportando un escrito por parte de la compañía aseguradora donde se exponga la negativa a la cobertura del siniestro, junto con la motivación de la misma.
Como máximo, deberá obtener una respuesta en el plazo de dos meses y, de no ser así, podrá presentar la misma queja ante la Dirección General de Seguros, siempre acreditando la queja inicial hecha ante el Defensor del Asegurado.
La reclamación ante la Dirección General de Seguros finalizará con la emisión de un informe emitido por la misma entidad, y podrá estimar o desestimar la reclamación.
Si ésta se desestima, es cuando se puede acudir ante los tribunales y presentar una demanda.

Defensa jurídica en el seguro del hogar

A partir de este punto, en iSeguros ofrecemos la cobertura de la defensa jurídica familiar, empresarial o de comunidad. La cobertura de reclamación y defensa jurídica es una cobertura donde la parte aseguradora asume los gastos derivados de la defensa jurídica de los intereses del asegurado, como serían por ejemplo, tasas, derechos y costas judiciales derivadas de la tramitación de los procedimientos cubiertos, honorarios de profesionales, gastos notariales, otorgamiento de poderes para pleitos, y muchos otros servicios que suelen tener un coste elevado cuando se tramitan de manera particular e independiente a la empresa aseguradora.
Esta cobertura puede permitir al asegurado consultar con un Letrado el procedimiento que deberá seguir para presentarse frente a los tribunales e interponer una demanda. Este servicio permitirá al asegurado, no solo estar informado de cómo proceder a partir del momento en el que sus derechos se ven vulnerados, sino también, cómo actuar frente a los posibles resultados del procedimiento. Asimismo, el Letrado le podrá ayudar en la redacción de una comunicación extrajudicial o Burofax para tratar de mediar en un momento previo a la fase judicial, permitiéndo esto agotar todas las vías previas a la interposición de la demanda. Así pues, las opciones existentes en cuanto a reclamación de la no cobertura de un siniestro son varias, hecho que le permitirá sentirse seguro de que en todo momento recibirá el apoyo que necesita.

Contáctenos si necesita más información sobre nuestros seguros, pólizas y coberturas. Estaremos encantados de ofrecerle una solución a medida de sus necesidades.

 

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