
¿Qué cubre un seguro de embarcaciones de recreo?
¿Estás familiarizado con las diversas coberturas incluidas en un seguro de embarcaciones de recreo? Al igual que en el caso de los vehículos terrestres, la legislación establece que es obligatorio contratar un seguro para las embarcaciones con motor (o de más de seis metros de eslora). Además de las coberturas obligatorias, las compañías aseguradoras ofrecen una amplia gama de coberturas adicionales que resultan fundamentales para asegurar nuestra protección y brindarnos tranquilidad. En el post de hoy, repasamos algunas de ellas.
Seguro obligatorio para embarcaciones de recreo
La Ley 27/1992 del 24 de noviembre de puertos del Estado y de la Marina Mercante establece que es obligatorio que las embarcaciones de recreo o deportivas dispongan de un seguro de responsabilidad civil. Navegar sin seguro se considera una infracción grave y puede ser castigada. Además del peligro que supone la omisión de dicha obligación, es importante recordar que, en caso de producirse un siniestro y no tener seguro, el causante debería asumir toda la responsabilidad y hacerse cargo de los gastos derivados, que normalmente ascienden a cantidades exorbitantes. En algunos casos, incluso se puede utilizar la embarcación como garantía para el cobro de la indemnización a un tercero.
Por ello, es importante disponer un seguro obligatorio para las siguientes embarcaciones:
- Embarcaciones de recreo
- Embarcaciones deportivas
- Embarcaciones de competición
La legislación dictamina que se deben de asegurar todos los objetos flotantes que superen los 6 metros de eslora que tengan la finalidad de utilizarse para la navegación de recreo o deportiva propulsada a motor, además, todos aquellos barcos extranjeros que naveguen por aguas españolas, deben de cumplir también con esta normativa para navegar legalmente en el país.
En definitiva, siempre se debe contar, como mínimo, con el seguro obligatorio para embarcaciones de recreo. Esta modalidad tan solo cubre la responsabilidad civil a terceros. Es decir, protege los daños personales o materiales y las indemnizaciones económicas producidas por los daños a terceros. Sin embargo, a continuación veremos que estas coberturas no suelen ser suficientes. Por ello es recomendable añadir en la póliza todos aquellas coberturas que nos brinden tranquilidad y que mejor encajen con nuestras necesidades y las de nuestra embarcación para disfrutar de la máxima seguridad en cualquiera de nuestras travesías.
¿Qué no cubre el seguro obligatorio de embarcaciones?
La mayoría de los seguros obligatorios para embarcaciones, por ejemplo, no incluyen los pagos de las tasas judiciales y extrajudiciales que comporta la defensa de la persona asegurada. Evidentemente, tampoco cubre los daños físicos o económicos que puedan sufrir los tripulantes o la embarcación.
A continuación te mencionamos algunas de las situaciones que no cubre el seguro obligatorio de embarcaciones:
- Daños sufridos por el tomador del seguro o propietario del barco.
- Muerte y lesiones sufridas por tripulantes.
- Muerte y lesiones del personal de mantenimiento de la embarcación.
- Muerte o lesión del patrón o piloto de la embarcación.
- Daños propios de la embarcación asegurada.
- Daños ocasionados en la embarcación en la botadura o retirada del agua de la embarcación.
- Daños provocados en la embarcación durante la realización de reparaciones y tareas de mantenimiento.
- Daños ocasionados a embarcaciones remolcadas.
- El pago de multas e impuestos.
- Daños causados a la embarcación durante una competición deportiva.
En este sentido, es importante tener en cuenta que conducir o ser el responsable de una embarcación conlleva muchos riesgos. Aunque como tripulantes nuestra actitud sea inmejorable, en el mar es difícil asegurar un pleno control de todas nuestras acciones. Por ello, es recomendable contar con las coberturas necesarias para hacer frente a cualquier imprevisto que pudiera sucedernos a nosotros mismos o a nuestra embarcación. A continuación, destacamos las coberturas más importantes que pueden ofrecernos los seguros para embarcaciones de recreo.
Coberturas adicionales del seguro de embarcaciones
Responsabilidad civil voluntaria
La responsabilidad civil voluntaria, es una amplía esa cobertura básica y proporciona una mayor protección financiera al propietario de la embarcación. Con esta cobertura adicional, el seguro puede cubrir un monto mayor en caso de daños a terceros, lo que puede incluir la reparación de embarcaciones o bienes dañados, el pago de gastos médicos o incluso indemnizaciones por lesiones personales. Puede
llegar hasta los dos millones de euros y ampliar el ámbito de cobertura mientras la embarcación esté en tierra o en el transporte por carretera.
Además, en iSeguros también os ofrecemos la posibilidad de incorporar a la responsabilidad civil de pesca deportiva o la responsabilidad civil de la embarcación mientras está en varadero.
Salvamento y asistencia marítima
Se refiere a la protección y asistencia que se brinda al propietario de la embarcación en caso de situaciones de emergencia en el agua. Esta cobertura está diseñada para ayudar en caso de averías, accidentes, pérdidas o situaciones en las que la embarcación necesite ser remolcada, reparada o rescatada. Nuestra póliza, concretamente incluye:
- Salvamento o remolque de asistencia marítima
- Transporte terrestre o asistencia técnica-mecánica
- Búsqueda y envío de piezas de recambio
- Alojamiento en espera, retorno de ocupantes y traslado para recoger la embarcación reparada.
- Repatriación sanitaria de heridos y enfermos
- Asistencia en caso de robo o pérdida de equipajes.
Daños propios
Esta cobertura está diseñada para cubrir los gastos de reparación o reemplazo de la embarcación asegurada en caso de daños causados por eventos como colisiones, incendios, vandalismo, robo, naufragio u otros peligros cubiertos por la póliza.. Para ello, nuestros seguros ofrecen:
- Pérdida total efectiva o constructiva
- Abandono
- Daños parciales
- Robo y daños por tentativa
- Efectos personales
- Embarcación en tierra
- Transporte por carretera, carga y descarga
- Maniobras de entrada y salida del agua
- Actos vandálicos o malintencionados
- Fenómenos meteorológicos de carácter extraordinario
Accidentes personales
La cobertura de accidentes personales propios en un seguro de embarcaciones de recreo se refiere a la protección que se brinda a los ocupantes de la embarcación en caso de sufrir lesiones personales como resultado de un accidente mientras están a bordo de la embarcación asegurada. Esta cobertura está diseñada para cubrir los gastos médicos, indemnizaciones por lesiones, invalidez permanente o incluso fallecimiento de los ocupantes.
Robo y hurto
Cobertura que brinda protección al propietario de la embarcación en caso de que la embarcación sea robada o sufra daños debido a un acto de hurto. Esta cobertura está diseñada para cubrir los gastos de reparación o reemplazo de la embarcación en caso de robo o hurto.
Es importante tener en cuenta que la cobertura de robo y hurto propios puede variar según la compañía de seguros y la póliza específica. Algunas pólizas pueden tener deducibles, límites de cobertura o exclusiones específicas, por lo que es fundamental revisar detenidamente los términos y condiciones de la póliza para comprender qué situaciones están cubiertas y en qué medida.
Defensa jurídica
Por último, es importante contar también con un equipo jurídico para cualquier tema de defensa penal, fianzas o reclamación a terceros. Contratando nuestro seguro también podrás tener asistencia jurídica telefónica, un recurso muy útil e importante a tener en cuenta si valoras contratar un seguro de embarcaciones.
¿Qué hay que tener en cuenta para contratar un seguro obligatorio para embarcaciones de recreo?
Al contratar un seguro obligatorio para embarcaciones de recreo, es importante tener en cuenta los siguientes aspectos que te mencionamos a continuación:
- Al contratar un seguro obligatorio para embarcaciones de recreo, es importante considerar la legislación vigente y los requisitos mínimos establecidos.
- Verificar la cobertura mínima requerida y asegurarse de contar con la responsabilidad civil que proteja contra daños a terceros.
- Conocer los límites de navegación permitidos y revisar las exclusiones y restricciones de la póliza.
- Si se desea una protección adicional, considerar ampliar la cobertura con opciones como responsabilidad civil voluntaria, daños propios o robo y hurto.
- Comparar precios y condiciones entre diferentes compañías aseguradoras para encontrar la opción más adecuada.
- Consultar con un experto para obtener información precisa según la ubicación de la embarcación y las aguas a navegar.
Asegura tu barco online de manera segura
…Y hasta aquí las principales coberturas que debería contemplar un seguro de embarcaciones. Debes saber que, si bien las que hemos nombrado creemos que representan un tipo de protección básico y recomendable para cualquier tipo de embarcación, también existen multitud de coberturas adaptadas a las actividades o a las particularidades de cada embarcación. Por ello, te recomendamos que, en caso de estar interesado en un seguro de barco, contactes con nosotros sin ningún compromiso. Podremos asesorarte y ofrecerte la opción que mejor se adapte a tus necesidades y al mejor precio.