
¿Qué cubre un seguro de embarcaciones de recreo?
¿Sabes qué cubre un seguro de embarcaciones de recreo? Igual que en el caso de los vehículos terrestres, la ley establece que cualquier embarcación a motor (o de más de seis metros de eslora) debe contar con un seguro. Además de las coberturas obligatorias, las compañías aseguradoras pueden ofrecernos una gran cantidad de coberturas adicionales indispensables para poder asegurar nuestra protección y tranquilidad. En el post de hoy, repasamos algunas de ellas.
Seguro obligatorio para embarcaciones de recreo
La Ley 27/1992 del 24 de noviembre de puertos del Estado y de la Marina Mercante establece que es obligatorio que las embarcaciones de recreo o deportivas dispongan de un seguro de responsabilidad civil. Navegar sin seguro se considera una infracción grave y puede ser castigada. Además del peligro que supone la omisión de dicha obligación, es importante recordar que, en caso de producirse un siniestro y no tener seguro, el causante debería asumir toda la responsabilidad y hacerse cargo de los gastos derivados, que normalmente ascienden a cantidades exorbitantes. En algunos casos, incluso se puede utilizar la embarcación como garantía para el cobro de la indemnización a un tercero.
En definitiva, siempre se debe contar, como mínimo, con el seguro obligatorio para embarcaciones de recreo. Esta modalidad tan solo cubre la responsabilidad civil a terceros. Es decir, protege los daños personales o materiales y las indemnizaciones económicas producidas por los daños a terceros. Sin embargo, a continuación veremos que estas coberturas no suelen ser suficientes…
Coberturas adicionales del seguro de embarcaciones
Legalmente, con un seguro que cubra nuestra responsabilidad civil ya cumplimos nuestras obligaciones. Sin embargo, se trata de un seguro básico, por lo que algunas reclamaciones pueden ser omitidas. Por ejemplo, la mayoría de estas pólizas no incluyen los pagos de las tasas judiciales y extrajudiciales que comporta la defensa de la persona asegurada. Evidentemente, tampoco cubre los daños físicos o económicos que puedan sufrir los tripulantes o la embarcación.
En este sentido, es importante tener en cuenta que conducir o ser el responsable de una embarcación conlleva muchos riesgos. Aunque como tripulantes nuestra actitud sea inmejorable, en el mar es difícil asegurar un pleno control de todas nuestras acciones. Por ello, es recomendable contar con las coberturas necesarias para hacer frente a cualquier imprevisto que pudiera sucedernos a nosotros mismos o a nuestra embarcación. A continuación, destacamos las coberturas más importantes que puede ofrecernos un seguro para embarcaciones.
Responsabilidad civil voluntaria
Como hemos dicho, el seguro obligatorio cubre la responsabilidad civil, pero debes saber que ésta puede complementarse con la cobertura de responsabilidad voluntaria, que puede llegar hasta los dos millones de euros y ampliar el ámbito de cobertura mientras la embarcación esté en tierra o en el transporte por carretera.
Además, en iSeguros también os ofrecemos la posibilidad de incorporar a vuestro seguro la responsabilidad civil de pesca deportiva o la responsabilidad civil de la embarcación mientras está en varadero.
Salvamento y asistencia marítima
La cobertura que contempla el salvamento y la asistencia marítima es una de las más recomendables ya que, en caso de accidente en alta mar, es probable que los equipos de salvamento pasen la factura del rescate al propietario. Nuestra póliza, concretamente incluye:
- Salvamento o remolque de asistencia marítima
- Transporte terrestre o asistencia técnica-mecánica
- Búsqueda y envío de piezas de recambio
- Alojamiento en espera, retorno de ocupantes y traslado para recoger la embarcación reparada.
- Repatriación sanitaria de heridos y enfermos
- Asistencia en caso de robo o pérdida de equipajes.
Daños propios
En caso de accidente, además de los posibles daños a terceros, es probable que se produzcan daños propios. Para ello, nuestros seguros ofrecen:
- Pérdida total efectiva o constructiva
- Abandono
- Daños parciales
- Robo y daños por tentativa
- Efectos personales
- Embarcación en tierra
- Transporte por carretera, carga y descarga
- Maniobras de entrada y salida del agua
- Actos vandálicos o malintencionados
- Fenómenos meteorológicos de carácter extraordinario
Accidentes personales
Si se produce algún accidente a bordo, al subir o al bajar de la embarcación, esta póliza cubre a todos los ocupantes y garantiza los gastos de asistencia médica. También protege a los navegantes con indemnizaciones en caso de defunción o invalidez permanente.
Defensa jurídica
Por último, es importante contar también con un equipo jurídico para cualquier tema de defensa penal, fianzas o reclamación a terceros. Contratando nuestro seguro también podrás tener asistencia jurídica telefónica, un recurso muy útil e importante a tener en cuenta si valoras contratar un seguro de embarcaciones.
…Y hasta aquí las principales coberturas que debería contemplar un seguro de embarcaciones. Debes saber que, si bien las que hemos nombrado creemos que representan un tipo de protección básico y recomendable para cualquier tipo de embarcación, también existen multitud de coberturas adaptadas a las actividades o a las particularidades de cada embarcación. Por ello, te recomendamos que, en caso de estar interesado en un seguro de barco, contactes con nosotros sin ningún compromiso. Podremos asesorarte y ofrecerte la opción que mejor se adapte a tus necesidades y al mejor precio.